Lamentablemente, la liberalización de la actividad de intermediación inmobiliaria introducida por el Real Decreto Ley 4/2000, de 23 de junio, y ratificada por la Ley 10/2003, no ha respetado el protocolo antes descrito, a pesar de apoyarse en una doctrina politico-económica susceptible de una amplia adhesión. La concurrencia de operadores se ha fomentado simplemente a través de la supresión de qualquier requisito de garantía exigible a los intermediarios inmobiliarios. La protección del ciudadano se ha confiado exclusivamente al su instinto de supervivencia en un mercado que no acostumbra a dar una segunda oportunidad.
No es razonable que la venta de viviendas no cuente con un régimen administrativo que homologue la seguridad jurídica del mercado inmobiliario con el existente, con normas y instituciones concretas, -i aún así no siempre es suficiente para evitar fraudes, en mercados como el de la banca, los seguros, los valores, la electricidad o los transportes. No es un problema de sensibilidad social, almenos no lo es principalmente, sino de eficacia legislativa. Los mercados seguros son los más rentables y sólo son seguros aquellos mercados a los que el ciudadano se dirige confiado en que los operadores respeten unas condiciones mínimas de solvencia profesional, moral y económica. Este es el mejor discurso liberalizador.
En representación de la Corporación que presido y del Consell de Col·legis de Catalunya, he de agradecer, en primer lugar al Muy Honorable Jordi Pujol, al Conseller en Cap, Hble. Artur Mas, a los Consellers de Política Territorial i Obres Públiques, Hble. Felip Puig, de Justícia i Interior, Hble. Sra. Núria de Gispert i de Treball, Indústria, Comerç i Turisme, Hble. Sr. Antoni Fernández, la sensibilidad mostrada a nuestras demandas de regulación que estoy seguro prosperarán en beneficio de los ciudadanos y ciudadanos de Cataluña.
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Sr. Joan Ollé Bertran
President del Col·legi d’Agents de la Propietat Immobiliària de Barcelona
Presidència Editorial